Calculadora de vacaciones y prima vacacional
Calcula tus días de vacaciones según la Ley Federal del Trabajo (tabla 2026), el pago de esos días y tu prima vacacional. Incluye cálculo proporcional. Solo México.
Por Troopus · Actualizado: 24 de octubre de 2026
- 🇲🇽 Ley Federal del Trabajo
- 📅 Tabla vigente en 2026
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Calcula tus vacaciones y tu prima vacacional
Estimación basada en la Ley Federal del Trabajo (mínimos legales). Tu contrato o la política de tu empresa pueden darte más días o más prima.
¿Cuántos días de vacaciones me tocan?
Con un año de servicio te tocan 12 días laborables de vacaciones, y cada año siguiente suma 2 días hasta llegar a 20 al quinto año. Así lo establece el artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo desde la reforma «Vacaciones Dignas», vigente desde 2023. Del sexto año en adelante, el aumento es de 2 días cada cinco años.
Los días son laborables, no naturales, y se cuentan según el año de servicio que acabas de cumplir. Por ley deben concederse dentro de los seis meses siguientes a cumplir el año de servicio (art. 81) y, del total, al menos 12 días deben disfrutarse seguidos (art. 78); el resto lo puedes repartir como prefieras.
Ejemplo: si cumpliste 3 años de servicio, te corresponden 16 días laborables. Con un salario diario de $400, esos días equivalen a $400 × 16 = $6,400.
La tabla de la siguiente sección es el mínimo legal. Muchas empresas dan más días o más prima; en ese caso aplica lo que diga tu contrato o tus prestaciones.
Tabla de vacaciones por antigüedad
La tabla de vacaciones 2026 en México va de 12 días con un año de antigüedad a 30 días entre los 26 y 30 años de servicio. Sube 2 días por año hasta el quinto (12, 14, 16, 18, 20) y después 2 días por cada cinco años (22, 24, 26, 28, 30).
| Años de servicio cumplidos | Días laborables de vacaciones |
|---|---|
| 1 | 12 |
| 2 | 14 |
| 3 | 16 |
| 4 | 18 |
| 5 | 20 |
| 6 a 10 | 22 |
| 11 a 15 | 24 |
| 16 a 20 | 26 |
| 21 a 25 | 28 |
| 26 a 30 | 30 |
| 31 a 35 | 32 |
La reforma se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 2022 y entró en vigor el 1 de enero de 2023. Antes, con un año de servicio solo correspondían 6 días.
El texto del artículo 76 sigue la misma regla después de los 30 años (2 días más cada cinco años), por eso se incluye la fila de 31 a 35 años con 32 días.
Cómo calcular la prima vacacional
La prima vacacional se calcula multiplicando el pago de tus días de vacaciones por el porcentaje de prima, que por ley no puede ser menor a 25 %. Con salario diario de $400 y 12 días de vacaciones: pago $4,800 × 25 % = $1,200 de prima.
La fórmula es: prima vacacional = salario diario × días de vacaciones × porcentaje de prima. El artículo 80 de la LFT establece que la prima es de al menos 25 % sobre los salarios que te corresponden durante las vacaciones. Si tu contrato fija 30 % o 50 %, usa ese porcentaje en la calculadora.
| Antigüedad | Días | Pago de vacaciones | Prima 25 % |
|---|---|---|---|
| 1 año | 12 | $6,000.00 | $1,500.00 |
| 5 años | 20 | $10,000.00 | $2,500.00 |
| 10 años | 22 | $11,000.00 | $2,750.00 |
Si ganas por mes, la calculadora divide tu sueldo entre 30 para obtener el salario diario, igual que en nuestra calculadora de aguinaldo. La prima se calcula con el salario diario, no con el salario integrado del IMSS. Para efectos de impuestos, una parte de la prima vacacional puede estar exenta de ISR (15 veces la UMA según la Ley del ISR); esta herramienta no calcula impuestos.
Vacaciones proporcionales
Las vacaciones proporcionales se pagan por el tiempo trabajado cuando la relación laboral termina antes de cumplir el año. Se calculan como días de vacaciones × días trabajados ÷ 365. Si trabajaste 274 días del primer año, te corresponden 12 × 274 ÷ 365 = 9.01 días.
El artículo 79 de la LFT dispone que, si la relación de trabajo termina antes de cumplirse el año de servicios, la persona trabajadora tiene derecho a una remuneración proporcionada al tiempo trabajado. Esta es la regla que usa la calculadora:
- Cuenta tus años completos de servicio y los días desde tu último aniversario (o desde tu ingreso, si no has cumplido un año), incluyendo el día final.
- Toma los días de la tabla del año de servicio en curso: 12 en el primer año, 14 en el segundo, y así sucesivamente.
- Proporcional = días de la tabla × días trabajados ÷ 365.
- Suma los días ya ganados y no disfrutados de años anteriores, si los hay.
Ejemplo: ingreso el 1 de julio de 2025 y salida el 31 de marzo de 2026, con salario diario de $400. Son 274 días: 12 × 274 ÷ 365 = 9.01 días. Pago: $400 × 9.008 = $3,603.29. Prima de 25 %: $900.82. Total: $4,504.11.
Algunas empresas calculan el proporcional con la tabla del año ya cumplido en lugar de la del año en curso; si tu finiquito difiere, pide el desglose. Fuera de la terminación de la relación laboral, las vacaciones no se pueden cambiar por dinero (art. 79).
Preguntas frecuentes
¿Cuántos días de vacaciones me corresponden por ley?
Con un año de servicio te corresponden 12 días laborables, 14 con dos años, 16 con tres, 18 con cuatro y 20 con cinco. Del sexto año en adelante: 22 días de 6 a 10 años, 24 de 11 a 15, y así de 2 en 2 cada cinco años (art. 76 LFT).
¿Cómo se calcula la prima vacacional?
Multiplica tu salario diario por los días de vacaciones y por el porcentaje de prima. La ley exige al menos 25 %. Ejemplo: $400 × 12 días × 25 % = $1,200. Si tu empresa o contrato da un porcentaje mayor, ese es el que cuenta.
¿Se pueden pagar las vacaciones?
En general no: el artículo 79 prohíbe cambiar las vacaciones por dinero y deben disfrutarse. La excepción es la terminación de la relación laboral, cuando se paga la parte proporcional al tiempo trabajado y los días pendientes no disfrutados.
¿Los días de vacaciones son hábiles o naturales?
La ley habla de días laborables: los días en que normalmente trabajas. Si tu semana laboral es de lunes a viernes, los sábados y domingos no cuentan dentro de los días de vacaciones. Confirma con tu empresa cómo cuentan tu jornada.
¿Cuándo debo tomar mis vacaciones?
La empresa debe concederlas dentro de los seis meses siguientes a que cumplas el año de servicio (art. 81 LFT), y debe entregarte una constancia con la antigüedad y el periodo de vacaciones que te corresponde.
¿Esta calculadora sirve fuera de México?
No. Usa la Ley Federal del Trabajo de México. En España, por ejemplo, el mínimo es de 30 días naturales al año y el cálculo de la retribución es distinto. Si trabajas en otro país, revisa su normativa laboral.